Mejora de la eficacia del Convenio de Rotterdam

Las Partes analizaron esfuerzos y propuestas para mejorar la eficacia del Convenio de Rotterdam, incluyendo el proceso de inclusión de productos químicos en el Anexo III del Convenio.

En un intento por mejorar la eficacia del Convenio, la séptima reunión de la Conferencia de las Partes encomendó al grupo de trabajo entre reuniones realizar una labor en el período entre reuniones relativa al proceso de inclusión de productos químicos en el Anexo III del Convenio, y elaborar opciones para mejorar la eficacia del proceso de inclusión y de las corrientes de información. Aquí se proporciona más información sobre la labor realizada anteriormente, entre las reuniones séptima y octava de la Conferencia de las Partes, de conformidad con la decisión RC-7/5.

En su octava reunión, la Conferencia de las Partes tomó nota de las diferentes opciones para mejorar la eficacia del Convenio de Rotterdam, tanto mediante la mejora del procedimiento de consentimiento fundamentado previo y del proceso de inclusión, como mediante el análisis de cuestiones intersectoriales tales como la prestación de asistencia técnica y financiera, y coincidió en continuar la labor en el período entre reuniones (RC-8/8).

De conformidad con la decisión RC-8/8, las Partes proporcionaron información sobre las medidas prioritarias para mejorar la eficacia del Convenio y sobre las principales lagunas de información relativas a dichas medidas. Del 30 de junio al 31 de octubre de 2017 estuvo disponible una encuesta en línea para obtener dicha información. La Secretaría compiló los resultados de la encuesta, los cuales se pueden consultar aquí.

Asimismo, la Secretaría elaboró un informe que analice las consecuencias jurídicas y operacionales de las medidas prioritarias recibidas mediante la encuesta en línea. El informe se estaba poniendo a disposición a más tardar el 15 de enero de 2018, y se invitó a las Partes y demás interesados a que enviaron sus observaciones sobre el informe antes del 31 de marzo de 2018. El informe y los observaciones sobre el informe se pueden consultar aquí

La Conferencia de las Partes, además, estableció un grupo de trabajo para determinar, sobre la base del informe y de las observaciones recibidas sobre este, un conjunto de recomendaciones prioritarias para mejorar la eficacia del Convenio y elaborar un informe en el que se determinen nuevas medidas para que la Conferencia de las Partes las analice en su novena reunión. El grupo de trabajo estaba compuesto por representantes de las Partes, a las cuales se les invitó a presentar las candidaturas a más tardar el 30 de septiembre de 2017. Además, el grupo estaba abierto a la participación de Estados no Partes y celebraba reuniones presenciales en función de la disponibilidad de recursos.

La primera reunión del grupo de trabajo tuvo lugar del 4 al 6 de junio de 2018 en Riga, Letonia. El grupo de trabajo consideró que las acciones prioritarias para las Partes consisten en renforzar la eficacia del Convenio así como los comentarios de las Partes y de los observadores referentes al informe de la Secretaría sobre las implicaciones legales y operativas de estas acciones prioritarias. El grupo de trabajo identificó recomendaciones para mejorar la eficacia del Convenio y otras medidas para su consideración por la Conferencia de las Partes en su novena reunión en las áreas referentes al proceso de inclusión de productos químicos en el Anexo III del Convenio; de intercambio de información, incluso a través del mecanismo de facilitación; creación de capacidad y asistencia técnica, incluyendo la elaboración de la orientación y sensibilización; y otros procesos.

Los Gobiernos de Alemania, Noruega y la Comisión Europea financiaron amablemente la primera reunión del grupo de trabajo, que fue organizada por el Gobierno de Letonia.

En su novena reunión, en la decisión RC-9/6, relativa a la mejora de la eficacia del Convenio de Rotterdam, así como en la decisión RC-9/2, relativa al funcionamiento del Comité de Examen de Productos Químicos, la Conferencia de las Partes acordó una serie de actividades que se llevarían a cabo en las esferas del intercambio de información; la difusión de la información, los instrumentos y la orientación existentes; la designación de códigos aduaneros exclusivos del Sistema Armonizado para los productos químicos incluidos en el Convenio de Rotterdam, el intercambio de la información reunida sobre los efectos mensurables de la inclusión y no inclusión de productos químicos en el anexo III; y las actividades para apoyar la participación efectiva de los miembros y observadores en la labor del Comité de Examen de Productos Químicos. Estas actividades se llevan a cabo, por consiguiente, en el bienio 2020-2021 y se informó de los progresos realizados a la décima reunión de la Conferencia de las Partes en julio de 2021. En su décima reunión, la Conferencia de las Partes tomó nota de las actividades realizadas y acogió con beneplácito la Estrategia de diseminar para obtener y utilizar información y su uso en actividades de creación de capacidad y asistencia técnica.