Solicitud de Información sobre el Comercio

Solicitud de información sobre el comercio de los productos químicos propuestos para que el Comité de Examen de Productos Químicos los examine en su 15ª reunión (8 al 10 de octubre de 2019).

Se invita a las Partes y demás observadores interesados a que proporcionen información, a más tardar el 31 de julio de 2019, sobre el comercio internacional en curso de los siguientes tres productos químicos propuestos:

Producto químico propuesto Parte que notifica Publicado en la Circular CFP 
Amitrole
Unión Europea XLIX (junio 2019)
Tailandia XX (diciembre 2004)
 
Éter de decabromodifenilo
Canadá XLVIII (diciembre 2018)
Japón XLVIII (diciembre 2018)
Noruega XXXIX (junio 2014)
Nonilfenoles y etoxilatos de nonilfenol Unión Europea XXIII (junio 2006)
Sudáfrica XLVI (diciembre 2017)
Suiza XXXVI (diciembre 2012)

En el caso de cada uno de los productos químicos, la Secretaría ha recibido al menos una notificación de medida reglamentaria firme de cada una de las dos regiones de consentimiento fundamentado previo, conforme a lo establecido en el artículo 5 (procedimientos para los productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos) del Convenio. La Secretaría ha verificado que estas notificaciones están completas conforme a los requisitos de información establecidos en el anexo I del Convenio.

Procedimiento para la recopilación de información sobre el comercio internacional en curso

De acuerdo con los criterios de inclusión de los productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos en el anexo III del Convenio de Rotterdam, el apartado (iv) del párrafo c) del anexo II estipula que el Comité de Examen de Productos Químicos debe considerar si existen pruebas de que prosigue el comercio internacional de los productos químicos que examina.

De conformidad con el procedimiento de recopilación de información sobre el comercio internacional en curso aprobado por el Comité de Examen de Productos Químicos en su primera reunión, se invita a los países y otras partes interesadas a proporcionar información sobre el comercio y el uso en curso de los productos químicos antes mencionados.

  1. Se ha pedido a las Partes que envían notificaciones que proporcionen, de existir esta, información sobre:
    1. la última vez que importaron el producto químico;
    2. si producen o no el producto químico, y en caso afirmativo,
    3. si continúan exportándolo.
  2. Se ha pedido a las asociaciones industriales a nivel mundial que informen si los productos químicos antes mencionados están siendo producidos y comercializados.
  3. Se ha pedido a las ONG cuya labor se relaciona con plaguicidas o productos químicos industriales, que informen si los productos químicos antes mencionados están siendo producidos y comercializados.
  4. Se pide a las autoridades nacionales designadas (AND) que proporcionen información sobre el comercio utilizando la carta de presentación de la Circular CFP (Circular CFP XLIX, junio de 2019).

De ser posible la información debe proporcionarse en inglés que es el idioma de trabajo del Comité de Examen de Productos Químicos.

Contacto

Puede enviar dicha información, a más tardar el 31 de julio de 2019, por correo electrónico, fax o correo a la atención de:

Secretaría del Convenio de Rotterdam

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura
Viale delle Terme di Caracalla
00153 Rome, Italy
Fax: (+39) 06 5705 3224
E-mail: pic@fao.org

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
Avenue de la Paix 8-14
1211 Ginebra 10, Suiza
Fax: (+41) (0) 22 917 8098
Email : brs@brsmeas.org