El texto del Convenio de Rotterdam fue adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios (Rotterdam, 10 de septiembre de 1998). Desde su adopción, el Convenio de Rotterdam ha experimentado una serie de avances importantes, incluso enmiendas al mismo.
El texto contenido en este sitio se publica únicamente a título informativo. No sustituye a los textos originales auténticos del Convenio de Rotterdam y sus enmiendas, depositados ante el Secretario General de las Naciones Unidas que actúa como depositario del Convenio. Las copias certificadas conformes del Convenio o, de manera más general, el acceso a las enmiendas y modificaciones de las copias certificadas conformes, las rectificaciones de los textos auténticos o cualquier otra formalidad pertinente distribuida bajo la cobertura de notificaciones de los depositarios, están disponibles a través de la Sección de Tratados y en el sitio web de la Sección de Tratados de las Naciones Unidas en la siguiente dirección URL: https://treaties.un.org/.
Anexos adicionales
En 2004, la primera reunión de la Conferencia de las Partes adoptó el Anexo VI, que establece los procedimientos de arbitraje y conciliación a los efectos del artículo 20 del Convenio solución de controversias.
La novena reunión de la Conferencia de las Partes adoptó posteriormente, en 2019, un nuevo Anexo VII sobre procedimientos y mecanismos de cumplimiento, de conformidad con el artículo 17 del Convenio. Para más información sobre los procedimientos y mecanismos de cumplimiento, consulte el siguiente enlace:
Enmiendas al anexo III
Desde la adopción del Convenio, la Conferencia de las Partes ha adoptado una serie de decisiones para enmendar el anexo III del Convenio con el fin de incluir productos químicos adicionales y someterlos al procedimiento de consentimiento fundamentado previo. Para más información sobre los productos químicos del anexo III, consulte aquí.
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Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional
Texto y anexos
(revisado en 2025)
El texto revisado de 2025 del Convenio incluye las decisiones adoptadas por la 12ª reunión de la Conferencia de las Partes para enmendar el anexo III del Convenio a fin de incluir el carbosulfán y el fentión (formulaciones de ultra bajo volumen de 640 g/l o más de ingrediente activo)
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Los textos en árabe, chino, español, francés y ruso de las enmiendas adoptadas en 2025 en la 12ª reunión, de la Conferencia de las Partes se están finalizando actualmente y se publicarán en breve en el sitio web del Convenio. Los textos revisados de 2019 y 2023 están disponibles mientras se finalizan las actualizaciones.