La Circular CFP es un documento clave para la aplicación del Convenio de Rotterdam tanto para el funcionamiento del Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) como en su condición de mecanismo para el intercambio de información sobre productos químicos peligrosos. La circular se publica a mediados de junio y diciembre en inglés, francés y español.
Los aspectos destacados de la 63ª Circular PIC incluyen lo siguiente:
- 12 Partes han presentado respuestas sobre la importación de carbosulfán y 10 Partes han presentado respuestas sobre la importación de fentión (formulaciones de ultra bajo volumen de 640 g/l o más de ingrediente activo). Se trata de los productos químicos inlcuidos más recientemente en el anexo III del Convenio de Rotterdam. Se solicita a las Partes que presenten respuestas sobre la importación de estos productos químicos el 21 de julio de 2026 a más tardar.
- Desde la emisión de la última Circular CFP 62, en diciembre de 2025, la Secretaría ha recibido y verificado 95 respuestas sobre importaciones de 32 productos químicos presentadas por 19 Partes.
- 58 Partes han presentado todas las respuestas de importación para los 55 productos químicos enumerados en el Anexo III del Convenio, para los cuales las respuestas de importación debían presentarse el 21 de julio de 2024 a más tardar. 109 Partes no han facilitado respuestas de importación para uno o más de los productos químicos enumerados en el Anexo III del Convenio. 10 Partes no han presentado ninguna respuesta de importación.
- 4 nuevas notificaciones de medidas reglamentarias firmes presentadas por 2 Partes, y publicadas en la parte A, Apéndice I de la Circular CFP LXIII (63).